Por José Luis Burguillo abogado especializado en Derecho Bancario en Alicante

En la última década, las cláusulas suelo se han convertido en uno de los temas más controvertidos del Derecho bancario en España. La cuestión ya no es tanto si estas cláusulas pueden ser abusivas —algo que ha sido ratificado por el Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea—, sino cómo puede un consumidor, afectado por una de ellas, articular de forma efectiva su reclamación judicial. Desde el punto de vista de un abogado especializado en litigios bancarios, la estrategia jurídica, los plazos y la correcta preparación del caso son fundamentales para maximizar las posibilidades de éxito.


Qué es una cláusula suelo y por qué es problemático su uso

Una cláusula suelo es una condición contractual que establece un límite mínimo al interés que puede aplicarse a una hipoteca con interés variable, aunque el índice de referencia (generalmente el Euríbor) esté por debajo de ese umbral. Es decir, impide que el consumidor se beneficie completamente de las bajadas de los tipos de interés.

El problema no radica en la existencia de este tipo de cláusulas per se —que, en abstracto, son lícitas— sino en cómo fueron introducidas en los contratos, muchas veces sin transparencia ni información suficiente para que el consumidor pudiera entender sus implicaciones. Esa falta de transparencia ha sido el eje central sobre el que se ha construido el criterio jurisprudencial de nulidad.

Paso 1: Análisis del contrato hipotecario y diagnóstico jurídico

La primera fase, previa a cualquier reclamación formal, consiste en una revisión exhaustiva de la escritura de préstamo hipotecario. Aquí el abogado debe identificar si la cláusula suelo está presente y cómo ha sido redactada. No siempre aparece bajo esa denominación explícita: a veces se camufla como un límite mínimo al tipo de interés aplicable.

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El diagnóstico jurídico incluye tres elementos clave:

  • Existencia de una cláusula suelo.

  • Falta de transparencia en su incorporación.

  • Efectos económicos negativos concretos (limitación de ahorro durante bajadas del Euríbor).

Es habitual acompañar esta revisión con una simulación financiera que cuantifique el perjuicio económico sufrido por el cliente.

Paso 2: Reclamación extrajudicial al banco

Antes de acudir a los tribunales, la legislación y la jurisprudencia —especialmente tras la Sentencia del TJUE de 2016— recomiendan intentar una reclamación extrajudicial. En 2017, el Gobierno español habilitó un mecanismo específico para este tipo de reclamaciones, al que deben adherirse obligatoriamente las entidades financieras.

Este paso consiste en:

  1. Presentar una reclamación escrita al Servicio de Atención al Cliente del banco.

  2. Esperar el plazo máximo de respuesta, que suele ser de tres meses.

  3. Evaluar la propuesta del banco (si la hay), que a menudo incluye una oferta económica inferior a lo debido.

Aunque no es obligatorio aceptar esta oferta, es recomendable agotar esta vía, ya que su existencia y resultado serán valorados en el procedimiento judicial posterior.

Paso 3: Presentación de la demanda judicial

Si la reclamación extrajudicial no prospera o el banco no responde, se inicia la vía judicial. El consumidor puede presentar una demanda de nulidad de cláusula suelo en el juzgado especializado en cláusulas abusivas de su provincia. Estos juzgados de primera instancia se crearon específicamente para agilizar estos procedimientos, aunque en la práctica están colapsados en muchas regiones.

Elementos clave de la demanda:

  • Petición de declaración de nulidad de la cláusula por falta de transparencia.

  • Solicitud de restitución de cantidades cobradas de más.

  • Reclamación de intereses legales desde cada cobro indebido.

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Desde el punto de vista estratégico, el abogado debe fundamentar la demanda no solo en el artículo 82 del TRLGDCU (que define las cláusulas abusivas), sino también en la jurisprudencia del TS (sentencias de 2013, 2015 y 2017) y del TJUE, particularmente la que afirma la obligación de devolver todas las cantidades indebidamente cobradas.

Paso 4: Juicio y sentencia

El procedimiento es ordinario, por lo que se inicia con demanda, sigue con la contestación del banco y termina en una vista judicial donde se practican pruebas. Las más relevantes suelen ser:

  • Documentación precontractual aportada (o no) al consumidor.

  • Comparecencia del afectado para demostrar que no comprendió la existencia y efectos de la cláusula.

La sentencia puede tardar entre 6 meses y 2 años, dependiendo del juzgado. En la mayoría de los casos donde se acredita la falta de transparencia, se declara la nulidad de la cláusula y se ordena la devolución de las cantidades pagadas de más.

Plazos: ¿Hasta cuándo se puede reclamar?

Uno de los errores más comunes es pensar que existe un plazo corto para reclamar. En realidad, al tratarse de una acción de nulidad por cláusula abusiva, se considera que esta acción es imprescriptible. Así lo ha entendido mayoritariamente la jurisprudencia.

Sin embargo, la reclamación de cantidades sí tiene un plazo de prescripción de 5 años, contados desde que se hizo exigible el derecho a la restitución (lo que se discute doctrinalmente si es desde la sentencia del TS de 2013, la del TJUE de 2016 o desde la reclamación extrajudicial). Ante la duda, es prudente iniciar cuanto antes el procedimiento.

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Estrategia jurídica: claves para el éxito

  1. Preparación documental: cuantos más indicios haya de falta de transparencia (ausencia de simulaciones, lenguaje técnico, falta de explicación notarial), más fuerza tendrá el caso.

  2. Credibilidad del testimonio del cliente: en juicio, la declaración del consumidor es esencial para demostrar la asimetría informativa.

  3. Adaptar la demanda al perfil del cliente: no es lo mismo un consumidor medio que un profesional del sector financiero.

  4. Controlar la cuantía: si el importe reclamado supera los 2.000 €, no hay costas en primera instancia, pero sí en apelación, lo cual puede condicionar la estrategia del banco.

Recuerda: reclamar sí compensa

La experiencia demuestra que reclamar judicialmente una cláusula suelo es rentable para el consumidor, siempre que se realice con una estrategia jurídica bien definida. Las probabilidades de éxito son altas si se acredita la falta de transparencia, y los juzgados españoles —a pesar de su saturación— continúan alineados con la jurisprudencia europea en defensa del consumidor.

En un contexto donde la confianza en las entidades bancarias ha sido erosionada, el litigio bien fundamentado se convierte no solo en un acto de recuperación económica, sino también en un ejercicio de justicia contractual.

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